FEDESIBA

Programa de formación dual “Aprender Haciendo”

Este programa tiene por objeto la cualificación profesional en un régimen de alternancia de una actividad formativa conducente a la obtención de un certificado de profesionalidad o formación complementaria en un centro o entidad de formación acreditada con la actividad laboral en una empresa.

13 November 2013

Los proyectos tendrán una duración mínima de seis meses y máxima de doce meses, en función de la duración establecida para el correspondiente certificado de profesionalidad y/o formación complementaria y el trabajo efectivo.

El 50 por ciento de la jornada por convenio colectivo estipulada, o en su defecto de la máxima legal, excluida las vacaciones, deberá destinarse a la actividad en el centro o entidad de formación, correspondiendo el 50 por ciento restante al trabajo efectivo en cada empresa.

La formación sería la del certificado de profesionalidad o formación complementaria de especialidades del Fichero del SEPE. Modalidad presencial generalmente.

El centro de formación será el encargado de gestionar y coordinar el programa para que todos los participantes reciban la formación establecida y buscar las empresas que les contraten mientras dura el mismo, asegurando la coordinación de la formación y el trabajo efectivo en las empresas, y su evaluación.

Destinatarios de las subvenciones

- Centro/entidad de formación acreditado para la impartición del correspondiente certificado de profesionalidad o formación complementaria.

- Empresa/s que suscriban los contratos de formación y aprendizaje a los participantes.

Destinatarios finales

Podrán participar en los proyectos del programa "Aprender haciendo" las personas desempleadas mayores de 18 y menores de 30 años inscritos en el Servicio Extremeño Público de Empleo.

Plazos

El plazo de presentación de solicitudes será de un mes desde la incorporación del alumno/a al proyecto, entendiéndose a dichos efectos la fecha de efectos del alta en la Seguridad Social del alumno/a trabajador/a. En cuanto a la convocatoria, ésta será de un año a computar a partir del día siguiente de la publicación de la misma, por tanto desde el 16 de Julio de 2013 hasta el 15 de Julio de 2014.

Cuantía

Centro de formación: Los centros y entidades de formación inscritos, y en su caso, acreditados en el Registro de Centros de Entidades de Formación Profesional para el Empleo de la Comunidad Autónoma de Extremadura o, en su caso, en el Registro Estatal de Centros y Entidades de Formación. Por la impartición, gestión, intermediación y tutoria: el módulo de la especialidad €/hora formación/alumno más costes de auditoria.

Importe máximo subvencionable para gastos de auditoría: el resultante de la fórmula 400 + (nº horas acción formativa-200) * 1,05.

Empresa/as: Las empresas privadas, con centros de trabajo radicados en la Comunidad Autónoma de Extremadura, ya sean personas físicas o jurídicas, asociaciones o entidades sin ánimo de lucro, las comunidades de bienes, las sociedades civiles y las uniones temporales de empresas que, en su condición de colaboradoras y cumpliendo los requisitos y condiciones establecidos en la presente norma, realicen los contratos y faciliten el trabajo efectivo de los participantes. Por su colaboración: 2.000 €/trabajador/año/ o proporcional si la duración es inferior.

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